Desgravar el alquiler en la Renta, ¿qué requisitos hay que cumplir?.

Existen una serie de deducciones autonómicas para inquilinos que están vigentes en 2025, ¿quién tiene derecho a ellas?.

La deducción estatal por alquiler de vivienda habitual desapareció el 1 de enero de 2015, pero todavía quedan contribuyentes que se pueden acoger a ella. 

Por otro lado, existen otras deducciones autonómicas para inquilinos que están vigentes en la actualidad. Te mostramos quién tiene derecho a ellas y qué requisitos deben cumplirse.

¿El alquiler desgrava en la declaración de la Renta?

Sí, es posible desgravar el alquiler de tu vivienda habitual, aunque depende de la comunidad autónoma en la que residas. En ciertos casos esto puede traducirse en una reducción del importe del IRPF que debes pagar.

¿Quién tiene derecho a la deducción estatal por alquiler de vivienda?

La deducción estatal por alquiler desapareció el 1 de enero de 2015. No obstante, quienes ya la venían aplicando antes de esa fecha aún pueden beneficiarse de ella, siempre que se cumplan ciertas circunstancias:

  • El contrato de alquiler se firmó antes del 1 de enero de 2015
  • Se efectuaron pagos de alquiler antes de esa fecha
  • Se aplicó esta deducción en declaraciones anteriores a 2015

Si cumples estos requisitos, puedes deducirte el 10,05% del importe pagado por el alquiler de tu vivienda habitual, siempre que tu base imponible no supere los 24.107,20 euros anuales.

Deducciones por alquiler de vivienda habitual por CCAA

Algunas comunidades autónomas cuentan con deducciones en el IRPF por el alquiler de vivienda habitual, que varían según la región y las circunstancias personales del contribuyente. Algunos aspectos clave a tener en cuenta son:

  • La deducción se aplica en la comunidad autónoma de residencia: Solo puedes acogerte a la deducción correspondiente al territorio en el que resides habitualmente.
  • La edad se considera a 31 de diciembre del año fiscal: Por ejemplo, si una deducción está destinada a menores de 36 años, solo podrás beneficiarte de ella si a esa fecha tenías 35 años o menos.
  • En caso de compartir piso, cada inquilino solo puede deducirse la parte del alquiler que efectivamente haya pagado.
  • Es obligatorio que el contrato de alquiler esté registrado y la fianza depositada en el organismo correspondiente.

A modo de resumen, estas son las deducciones autonómicas del alquiler en las distintas comunidades autónomas:

 

CCAA

Deducción

Límite

Andalucía

15%

600 – 900 euros

Aragón

10%

4.800 euros

Asturias

10 – 30%

500 – 1.500 euros

Baleares

15 – 20%

530 – 650 euros

Canarias

24%

740 – 760 euros

Cantabria

10%

300 – 600 euros

Castilla-La Mancha

15 – 20%

450 – 612 euros

Castilla y León

20 – 25%

459 – 612 euros

Cataluña

10%

300 – 600 euros

Extremadura

30%

1.000 – 1.500 euros

Galicia

10 – 20%

300 – 600 euros

Madrid

30%

1.237,20 euros

Murcia

10%

300 euros

La Rioja

10 – 20%

300 – 400 euros

Comunidad Valenciana

20 – 30%

800 – 1.100 euros

Deducción por alquiler en Madrid

En Madrid, los contribuyentes pueden deducirse el 30% del importe pagado en alquiler, con un límite máximo de 1.237,20 euros al año. Este porcentaje se aplica sobre el total pagado durante el ejercicio fiscal, aunque si el 30% de la renta anual es inferior al límite, solo se podrá deducir el menor de los importes. 

Para tener derecho a esta deducción deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Tener menos de 40 años.
  • La suma de las bases imponibles general y del ahorro (casillas 0435 y 0460 de la declaración) no puede superar los 26.414 euros en tributación individual ni los 37.322,20 euros en tributación conjunta.
  • La suma de bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar no puede superar los 61.860 euros.
  • El importe pagado en alquiler debe superar el 20% de la suma de base imponible general y del ahorro del contribuyente.

Deducciones por alquiler en Andalucía

En Andalucía es posible deducirse el 15% del alquiler anual, con un máximo de 600 euros al año. Si el contribuyente tiene reconocida una discapacidad, el límite se amplía hasta los 900 euros. Para acceder a esta deducción se debe cumplir, al menos, una de estas condiciones:

  • Tener menos de 35 años
  • Tener más de 65 años
  • Ser víctima de violencia doméstica, del terrorismo o persona afectada por otras circunstancias especiales

Además, hay que tener en cuenta que la suma de las bases imponibles general y del ahorro (casillas 0435 y 0460) no puede superar los 25.000 euros en tributación individual ni los 30.000 euros en tributación conjunta.

Deducciones en la Renta de Castilla-La mancha por alquiler

Castilla-La Mancha ofrece cinco deducciones específicas por alquiler de vivienda habitual, adaptadas a diferentes perfiles:

  1. Jóvenes menores de 36 años
  2. Personas que viven de alquiler tras una dación en pago
  3. Familias numerosas
  4. Familias monoparentales
  5. Personas con discapacidad

Todas estas deducciones permiten deducir el 15% del alquiler anual, con un máximo de 450 euros. Para poder aplicarlas la base imponible general y del ahorro, menos el mínimo por descendientes (casillas 0435, 0460 y 0514), debe ser inferior a 12.500 euros en declaración individual y 25.000 euros en conjunta.

Además, existe una deducción ampliada para jóvenes menores de 36 años: Si vives en un municipio con menos de 2.500 habitantes o en uno con entre 2.500 y 10.000 habitantes situado a más de 30 km de una ciudad de más de 50.000 habitantes, puedes deducirte el 20% del alquiler con un tope de 612 euros.

Deducciones por alquiler en Castilla y León

Castilla y León ofrece una deducción por alquiler de vivienda habitual exclusivamente a menores de 36 años. La deducción es del 20% del importe pagado, con un tope de 459 euros anuales.

Para optar a ella la base imponible general y del ahorro, menos el mínimo por descendientes (casillas 0435, 0460 y 0519), no debe superar los 18.900 euros en tributación individual ni los 31.500 euros en conjunta.

Además, existe una deducción ampliada si la vivienda está situada en un municipio con menos de 10.000 habitantes (o menos de 3.000 si está a menos de 30 km de la capital de provincia). Ante esta situación, la deducción sube al 25%, con un máximo de 612 euros.

Deducciones por alquiler en Comunidad Valenciana

En la Comunidad Valenciana, los inquilinos pueden deducir el 20% del alquiler de vivienda habitual, con un límite máximo de 800 euros anuales, siempre que se cumplan ciertos requisitos económicos. La suma de la base liquidable general y del ahorro (casillas 0500 y 0510) no debe superar los 30.000 euros en declaración individual ni los 47.000 euros en conjunta.

La deducción puede ampliarse en distintos casos:

  • 25% (hasta 950 euros) si cumples, al menos, una de estas condiciones: Tener 35 años o menos, tener una discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, tener una discapacidad psíquica igual o superior al 33% o ser víctima de violencia de género.
  • 30% (hasta 1.100 euros) si se cumplen dos o más de las condiciones anteriores.

Deducción del alquiler de vivienda habitual en Cataluña

En Cataluña puedes deducir el 10% del alquiler anual de tu vivienda habitual, con un límite que varía según tus circunstancias personales.

El límite general es de hasta 300 euros si cumples una de estas condiciones:

  • Tener 32 años o menos
  • Haber estado en paro al menos 183 días durante el año
  • Tener una discapacidad igual o superior al 65%
  • Ser viudo/a con 65 años o más

El límite ampliado es de hasta 600 euros si formas parte de una familia numerosa o monoparental. En este caso, no es necesario cumplir los requisitos anteriores.

Los requisitos comunes para aplicar la deducción son:

  • El alquiler debe superar el 10% de tus ingresos anuales netos.
  • El resultado de la operación ‘Base imponible general (casilla 0435) + base del ahorro (0460) – mínimo personal y familiar (0520)’ debe ser menor a 20.000 euros en declaración individual o 30.000 euros en conjunta.

Desgravar el alquiler en la Renta de Aragón

En Aragón, la deducción por alquiler de vivienda habitual solo se aplica cuando el arrendamiento es consecuencia de una dación en pago. En estos casos, se permite deducir el 10% del alquiler, con un límite máximo de 4.800 euros al año.

Para ello, la suma de la base imponible general y del ahorro (casillas 0435 y 0460) no debe superar los 15.000 euros en declaración individual ni los 25.000 euros en conjunta.

¿Se puede desgravar el alquiler en Asturias?

En Asturias puedes deducirte el 10% del alquiler anual, con un máximo de 500 euros. No obstante, esta deducción se amplía al 30% con un límite de 1.500 euros en los siguientes casos:

  • Jóvenes de hasta 35 años
  • Familias numerosas
  • Familias monoparentales
  • Mujeres víctimas de violencia de género
  • Residentes en concejos en riesgo de despoblación (menos de 20.000 habitantes)

Para ello, la base imponible general y del ahorro (casillas 0435 y 0460) no puede superar 35.000 euros en tributación individual ni 45.000 euros en conjunta. Si varios inquilinos tienen derecho a la deducción, deben repartirla a partes iguales en sus respectivas declaraciones.

Requisitos de la deducción del alquiler en Baleares

Baleares cuenta con una deducción general del 15% del alquiler, con un tope de 530 euros, si se cumple, al menos, uno de estos requisitos:

  • Tener menos de 36 años
  • Tener más de 65 años y no ejercer ninguna actividad laboral o profesional
  • Tener una base imponible general y del ahorro inferior a 20.000 euros (o 26.000 euros si se pertenece a una familia numerosa)

También existe una deducción ampliada del 20% con un máximo de 650 euros para los siguientes colectivos:

  • Menores de 30 años
  • Personas con discapacidad igual o superior al 33%
  • Contribuyentes con derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes
  • Familias numerosas
  • Familias monoparentales con dos o más hijos: En este caso, la base imponible general y del ahorro no debe superar los 39.600 euros en declaración individual ni los 63.360 euros en conjunta

Desgravar el alquiler en la declaración de la Renta de Canarias

Canarias permite deducir el 24% del alquiler anual, hasta un máximo de 740 euros. Este límite puede ampliarse hasta 760 euros si tienes menos de 40 años o 75 años o más.

Para tener derecho a esta deducción del alquiler, la base imponible general y del ahorro (casillas 0435 y 0460) debe ser inferior a 45.500 euros en tributación individual y 60.500 euros en conjunta. Además, el gasto en alquiler debe superar el 10% de esa base imponible.

Por otro lado, existe una segunda deducción del 25% del alquiler con un tope de 1.200 euros, aplicable si entregaste tu vivienda en dación en pago y sigues residiendo en ella como inquilino.

Deducción por alquiler de vivienda habitual en Cantabria

La deducción en Cantabria es del 10% del alquiler, con un límite de 300 euros en tributación individual y 600 euros en conjunta.

Los requisitos para acceder a ella son tener menos de 36 años o más de 65 años, o bien acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Además, el alquiler debe representar más del 10% de los ingresos anuales y es imprescindible justificar los pagos mediante transferencias bancarias, ingresos o recibos oficiales. Los pagos en efectivo no dan derecho a deducción.

Deducción autonómica por alquiler en Extremadura

Si vives de alquiler en Extremadura, puedes deducir el 30% del importe pagado por el alquiler, con un límite de 1.000 euros anuales. Este límite aumenta a 1.500 euros si la vivienda está en un municipio con menos de 3.000 habitantes.

Para ello hay que cumplir, al menos, con uno de estos requisitos:

  • Tener menos de 36 años
  • Ser parte de una familia numerosa
  • Tener una discapacidad igual o superior al 65%
  • Tener cualquier grado de discapacidad y estar incapacitado judicialmente

Por otro lado, la base imponible general y del ahorro (casillas 0435 y 0460) debe ser inferior a 28.000 euros en declaración individual y 45.000 euros en conjunta. Si resides en un municipio incluido en el listado oficial y eres parte de una familia numerosa, no se aplica este límite de renta.

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual en Galicia

En Galicia pueden deducirse el alquiler quienes tengan 35 años o menos, siempre que la base imponible general y del ahorro (casillas 0435 y 0460) sea inferior a 22.000 euros, tanto en declaración individual como conjunta.

Los tipos de deducción son:

  • 10% del alquiler anual, con un máximo de 300 euros por contrato
  • 20% y hasta 600 euros si tienes dos o más hijos menores
  • Estos límites se duplican si se acredita una discapacidad igual o superior al 33%

Si varios inquilinos tienen derecho a deducción, deben repartirla a partes iguales en sus respectivas declaraciones.

Deducción por alquiler en la Región de Murcia 2025

En la Región de Murcia, puedes deducir el 10% del alquiler anual, con un límite de 300 euros por contrato. Esta deducción solo es aplicable si los pagos del alquiler están debidamente justificados mediante transferencias bancarias, ingresos o facturas, es decir, los pagos en efectivo no son válidos.

Para ello debe cumplirse, al menos, uno de estos requisitos:

  • Tener menos de 40 años
  • Ser parte de una familia numerosa
  • Tener una discapacidad igual o superior al 65%
  • La base imponible general menos el mínimo personal (casillas 0435 y 0519) debe ser inferior a 24.380 euros
  • Si tienes menos de 40 años, el límite se amplía hasta 40.000 euros
  • Si varios inquilinos tienen derecho a la deducción, deberán repartirla a partes iguales en sus respectivas declaraciones

Deducción por alquiler en La Rioja

La deducción por alquiler en La Rioja es del 10% del importe pagado, con un límite máximo de 300 euros por contrato. Si el contrato es compartido, esa cantidad se reparte entre los inquilinos.

Tienen derecho a esta deducción los inquilinos de menos de 36 años cuya base liquidable general no supere los 18.030 euros en declaración individual ni los 30.050 euros en conjunta.

La deducción sube al 20% con un límite de 400 euros si la vivienda está ubicada en alguno de los pequeños municipios recogidos en el listado oficial autonómico.



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