Estos son los inmuebles que se libran del IBI, el impuesto estrella de los ayuntamientos.

Casi 12.700 millones de euros. Esa es la cantidad que recaudaron los ayuntamientos a través del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en 2016.

Este tributo grava la tenencia de inmuebles, es el único que no ha bajado durante la crisis y acumula una tendencia de recaudación alcista que no da síntomas de parar. En apenas una década, los municipios han logrado duplicar los ingresos procedentes de esta figura tributaria, que supone ya el 60% de la recaudación municipal.

Este impuesto se aplica sobre innumerables inmuebles, aunque no todos los edificios tributan. Están exentos los que son propiedad del Estado, los lugares de culto, los edificios que están directamente vinculados a la seguridad ciudadana o la educación o la salud.

Así, por ejemplo, están exentos de pagar el IBI los colegios públicos, las bibliotecas, los cuarteles, las comisarías, los hospitales o centros de salud públicos o las instalaciones aeroportuarias, así como los bienes marítimos, terrestres o hidráulicos de dominio público. Ahora bien, la cosa cambia si los inmuebles públicos están cedidos a un tercero.

Tampoco tributan las iglesias católicas, los inmuebles en manos de la Iglesia, las mezquitas, las sinagogas o los edificios de asociaciones como Cruz Roja. En la lista de las exenciones también encontramos los inmuebles dedicados a labores diplomáticas, como pueden ser las embajadas y los consulados.

Otros inmuebles como los centros de enseñanza concertada o los considerados monumentos de interés cultural también pueden librarse de pagar la contribución, siempre que cumplan unas condiciones y se lo soliciten a su ayuntamiento.

En los años posteriores al estallido de la crisis, surgió un debate sobre la posible reforma de este impuesto, aunque lo cierto es que no se llegó a consumir ningún tipo de cambio.

 

Fuente: Idealista



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